Andalucía aprueba la Ley de Muerte Digna

Mar 18, 2010

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«Ha sido un día muy importante para Andalucía y para la Sociedad Andaluza de Cuidados Paliativos», afirmó ayer la presidenta de la SACPA, la doctora Carmen Francisco, que acudió como invitada por la Comisión de Salud del Parlamento andaluz a la sesión de la Cámara autonómica que aprobó el proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte, una norma que regula el ejercicio de los derechos del paciente durante la última etapa de la vida para asegurar su autonomía y el respeto a su voluntad y dignidad, así como los deberes de los profesionales encargados de la atención y las funciones de las instituciones y centros sanitarios. La futura ley, primera que se aprueba en España sobre la materia, reconocerá el derecho de los ciudadanos andaluces a declarar la voluntad vital anticipada, que deberá respetarse tal y como se establece en el Estatuto de Autonomía. El proyecto ha sido redactado con el acuerdo y las aportaciones de más de 60 colectivos, principalmente de profesionales, sindicatos y asociaciones científicas, entre ellas la SACPA. «Un trabajo multidisciplinar del que nos sentimos muy orgullosos» indicó la doctora Francisco, quien recordó que «es necesario que ese trabajo, ahora, en la práctica, sea desarrollado por los mejores profesionales y se dote presupuestariamente la ley».
INFORMACIÓN VERAZ
De acuerdo con el texto, entre los derechos reconocidos se encuentra el de recibir, o no si así lo desea el paciente, información clínica veraz y comprensible sobre su diagnóstico y pronóstico, con el fin de ayudarle en la toma de decisiones. También se regula el derecho del paciente a recibir tratamiento del dolor, incluyendo la sedación paliativa, y cuidados paliativos integrales en su domicilio siempre que no estén contraindicados y la persona así lo desee. La persona afectada podrá igualmente rechazar o paralizar cualquier tratamiento o intervención, aunque ello pueda poner en peligro su vida.
La norma contó, no obstante, con el rechazo parcial del Grupo Parlamentario Popular a tres artículos de los 33 que conforman el nuevo cuerpo de ley. En concreto, los artículos que han contado con el rechazo de los 46 votos ‘populares’ son los relativos a los deberes de los profesionales sanitarios que atienden al paciente ante el proceso de la muerte (artículos 18 y 21) por no incluir la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, así como el artículo 27, referido a la composición de los comités de ética de los hospitales, al entender que requeriría de una regulación más específica. Durante su intervención en la Cámara autonómica, la portavoz del grupo parlamentario popular, Ana María Corredera Quintana, mostró la «decepción» de su grupo ante lo que consideró una «falta de diálogo» y una postura «inflexible» del Gobierno andaluz durante el proceso de enmiendas, tras recordar que, de las 29 que presentó su formación, «sólo se han aprobado dos». En este sentido, reprochó que la nueva ley no recoja «el derecho de los profesionales sanitarios» a acogerse a la objeción de conciencia, en el sentido de que dicho derecho «no lesionaría» el derecho del paciente a recibir el tratamiento que solicitase acorde con sus principios éticos, religiosos y morales, ya que, en su defecto, «otro profesional» acorde con los principios del paciente «se encargaría de esa atención».
IZQUIERDA UNIDA
Por su parte, el portavoz de IU José Manuel Marical Cifuentes destacó el «avance en el reconocimiento de los derechos y autonomía de los ciudadanos» que supone la aprobación de la nueva ley, como síntoma, dijo, «de la modernidad y el abandono de la cultura paternalista». Aún con todo, aprovechó para pedir al Gobierno central el que se abra un debate sobre la necesidad de que se regule la eutanasia y el suicidio asistido. «No podemos dejar pasar la oportunidad para hacer un llamamiento al Gobierno central para que legisle en materia de eutanasia y suicido asistido», enfatizó Mariscal Cifuentes, quien aludió en este punto a estudios nacionales «que revelan que un 67 por ciento de españoles se muestran partidarios de regular la eutanasia». Además, recordó que la «obligación» del Gobierno autonómico es ahora la de «garantizar» que estos derechos se cumplan, «ya que no sólo basta con aprobar la ley». En cuanto a la cuestión relativa a la objeción de conciencia, afirmó que la misma «no tiene cabida» en dicha ley, que si recoge por contra el que se lleven a cabo a partir de la misma estudios sobre «cómo se muere en Andalucía».
PARTIDO SOCIALISTA
Por su parte, la portavoz socialista Rosa Ríos valoró lo «oportuno y sensato» de esta ley, que la msima «mantiene conectado al PSOE con la sociedad», que «garantiza los derechos de la ciudadanía y sus convenciones morales» y que solventa la «indefensión jurídica» de los mismo profesionales sanitarios ante casos como el de las sedaciones de Leganés. Sobre la objeción de conciencia dijo que su grupo y la Junta «siempre ha mantenido que su regulación debe ser estatal» y que «no cabe una regulación autonómica», mientras que en el apartado del régimen de sanciones se refirió a la «necesidad» de que toda norma tenga un apartado sancionador ante potenciales quebrantamientos de la misma. En concreto, el régimen sancionador de la Ley de Muerte Digna se regirá por el que ya recoge la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, según concretaron a Europa Press fuentes de la Consejería de Salud andaluza. En cuanto al Plan de Cuidados Paliativos aseguró que se conseguirá alcanzar una red sanitaria «ajustada a los recursos que marcan este plan», toda vez que dijo que «el 75 por ciento de las habitaciones de paliativos son ya individuales en la comunidad». La Junta sostiene que la inmensa mayoría de los andaluces coinciden en el hecho de que «todo el mundo tiene derecho a morir dignamente», extremo por el que esta ley ha puesto el acento en la autonomía y voluntad del paciente, por encima de otras consideraciones que pudiesen plantear las instituciones sanitarias.
OBLIGACIONES DEL PROFESIONAL
El texto también plasma que los profesionales sanitarios que atiendan al paciente en su fase terminal deberán respetar sus decisiones, hasta el punto de que el sanitario no podrá imponer sus opiniones personales, morales, religiosas o fisiológicas. De igual modo, los facultativos tendrán la obligación de limitar las medidas de soporte vital cuando lo estimen necesario para evitar la obstinación terapéutica. Por otra parte, el texto regula el derecho del ciudadano a recibir tratamiento del dolor, incluyendo la sedación paliativa cuando lo precise, al tiempo que garantizará los cuidados paliativos integrales, que serán proporcionados, si así lo desea la persona, en su propio domicilio y siempre que no estén contraindicados.
(Referencias de Europa Press)
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